ORGANIZADOR

La organización del concurso corre a cargo de Just-Eat Spain, S.L.U., con N.I.F.: B86008539, con domicilio social en Calle Condesa de Venadito 1, 28027, Madrid, inscrita en el Registro Mercantil de Madrid al tomo 27.986, Folio 200, Hoja M-504397 (en adelante, “Just Eat”).

OBJETO DEL CONCURSO Y PREMIO

El objeto del concurso es la conmemoración del décimo aniversario de Just Eat, que tendrá lugar el día 26 de octubre de 2020. Para ello, Just Eat entregará los premios descritos en este apartado entre los restaurantes afiliados a Just Eat (en adelante, los “Restaurantes”, entendido cada uno de ellos como aquellos que tengan un contrato en vigor durante todo el Periodo del Concurso (definido más adelante) y que cumplan con las condiciones y requisitos establecidos en estas bases (en adelante, el “Concurso”).

Se entregarán un total de once (11) premios (en adelante, los “Premios” o individualmente el “Premio”), otorgándose un Premio a cada uno de los ganadores, que consistirán en:

  • Una (1) moto Niu Electric Moto de 50cc, valorada aproximadamente en cuatro mil doscientos noventa y nueve euros (4.299 €) (en adelante, el “Primer Premio”).
  • Diez (10) vales por importe de quinientos euros (500 €) cada uno de ellos, que deberán ser canjeados y utilizados en la tienda online de Just Eat de conformidad con lo estipulado en las presentes bases.

Los Premios quedarán sujetos a las siguientes condiciones:

  • Los Premios no podrán ser objeto de cambio, alteración o compensación alguna a petición del participante premiado.
  • Los participantes premiados podrán renunciar a los Premios obtenidos, pero en ningún caso se ofrecerá un premio alternativo, ni dicha renuncia dará derecho de indemnización o compensación.

ÁMBITO TERRITORIAL Y TEMPORAL DEL CONCURSO

El Concurso se llevará a cabo a nivel nacional en todo el territorio del Reino de España. 

La participación en el Concurso por parte de los Restaurantes tendrá lugar entre los días 16 y 21 de octubre de 2020 (el “Periodo del Concurso”). Con posterioridad, los Restaurantes beneficiarios del Premio serán elegidos de entre todas las historias participantes, que serán contactados una vez finalizado el concurso.

CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN

Participará en el Concurso, de manera gratuita, cualquier Restaurante que envíe a Just Eat durante el Periodo del Concurso, aquellas historias y/o anécdotas originales y divertidas que les hayan ocurrido con pedidos realizados a domicilio por sus clientes a través de los canales de Just Eat (web y/o app) (en adelante, las “Historias”). En todo caso, las Historias deberán estar totalmente anonimizadas, de forma tal que Just Eat no tenga acceso, en ningún caso, a información o datos de carácter personal de los clientes protagonistas de las Historias.

Los Restaurantes que envíen sus Historias tendrán a su disposición estas bases legales, las cuales aceptan expresamente desde el momento en que decidan participar en el Concurso.

El incumplimiento por parte de cualquier Restaurante de las condiciones establecidas en las presentes bases supondrá la anulación automática de su derecho a participar. Del mismo modo, cualquier declaración falsa, indicios de identidad falsa o fraude ocasionará la descalificación inmediata del Restaurante y, en su caso, la obligación de devolver el Premio si ya le hubiese sido entregado.

Sin limitar los derechos de los Restaurantes, Just Eat se reserva el derecho a realizar modificaciones a las presentes bases y a tomar las medidas convenientes para resolver conflictos o dificultades que puedan surgir en el desarrollo del Concurso, siempre que estén justificadas, no perjudiquen indebidamente a los Restaurantes y se publiquen debidamente en el portal web de Just Eat.

El Concurso podrá verse suspendido por causas de fuerza mayor que pudieran dificultar la celebración del mismo o hacerlo especialmente oneroso para Just Eat.

SELECCIÓN DEL GANADOR

Just Eat actuará como jurado y entre todas las Historias participantes, adjudicará los distintos Premios. Para su elección, Just Eat valorará, entre otros, la calidad, originalidad, singularidad y diversión de las Historias.

A efectos aclaratorios, se hace constar que habrá once (11) Historias ganadoras del Concurso. El Premio es personal e intransferible. Los Premios serán repartidos atendiendo a los siguientes criterios:

  • La Historia más original y divertida será premiada con el Primer Premio.
  • Las siguientes diez (10) Historias (esto es, de la 2ª a la 11ª), serán premiadas con un (1) vale de 500 euros para utilizar en la tienda online de Just Eat, cada una de ellas.

En caso de que un único Restaurante hubiera sido beneficiario de dos o más Premios, dicho Restaurante solo tendrá derecho a un Premio, no siendo posible para un Restaurante acumular más de un Premio. En estos casos, el Premio a recibir se determinará por orden de clasificación de la Historia que haya quedado en una mejor posición.

Finalizado el Periodo del Concurso, Just Eat dispondrá de un plazo de quince (15) días naturales para tomar la decisión final y la entrega de Premios se realizará durante los quince (15) días naturales siguientes a su aceptación por parte del Restaurante beneficiario del Premio. Just Eat se reserva el derecho de modificar la fecha de la toma de decisión o entrega del Premio cuando concurran causas suficientes que así lo justifiquen.

Just Eat seleccionará las once (11) Historias ganadoras, una por cada Premio, así como a otras once (11) Historias de reserva, una por Premio, que pasarían a obtener los Premios en caso de que no se hubiese localizado en el plazo establecido al Restaurante autor de la Historia ganadora, en caso de que dicha Historia no cumpliera los requisitos definidos en las presentes bases legales, en caso de que el Restaurante autor del mismo renunciara al Premio adjudicado, o bien en caso de que el autor de la Historia ganadora ya hubiera obtenido un Premio.

Just Eat se reserva el derecho a dejar desierto el Concurso o alguno de sus Premios si ninguna de las Historias publicadas cumple con los requisitos establecidos en las presentes bases legales o si alguno de los Restaurantes autor de la Historia ganadora renuncia al Premio adjudicado.

Los Restaurantes beneficiarios de los Premios serán contactados por Just Eat a los efectos de notificarles que han resultado ganadores del Concurso e indicarles el procedimiento de entrega de premios.

CANJE DE LOS VALES

Los vales en que consisten los Premios otorgados a las Historias ganadoras (esto es, las Historias número 2ª a 11ª ambas inclusive) podrán utilizarse de conformidad con las siguientes condiciones:

  • Los vales podrán ser utilizados únicamente por el Restaurante beneficiario del Premio, siendo personales e intransferibles.
  • Los vales tendrán un periodo de validez de un (1) año desde la fecha en que Just Eat se los haga llegar al Restaurante beneficiario del Premio. Si dicho periodo transcurriese sin que el Restaurante beneficiario del Premio hubiera podido utilizar el vale, el mismo quedará inutilizable sin derecho del Restaurante a resarcimiento de ningún tipo.

PUBLICACIÓN DE LAS HISTORIAS

Por la mera participación en el Concurso, los Restaurantes participantes autorizan a Just Eat para que ésta pueda publicar (total o parcialmente -mediante extractos-), las historias enviadas por los restaurantes en el sitio web de Just Eat así como en otros medios y publicaciones, propias o de terceros, y así como en redes sociales. Dicha autorización se otorga en sus más amplios términos, manifestando el restaurante contar con los derechos necesarios sobre las historias para otorgar dicha autorización, dejando indemne a Just Eat de cualesquiera reclamaciones de terceros que aleguen ostentar derechos sobre las mismas.

CONSIDERACIONES FISCALES

Los Premios tienen la consideración de premio que se entrega como consecuencia de la participación en juegos, concursos, rifas, o combinaciones aleatorias vinculadas a la venta o promoción de bienes o servicios por lo que están sujetos a un ingreso a cuenta del 19 por ciento de la base de retención de los premios entregados. Existirá obligación de practicar dicho ingreso a cuenta siempre que la base de retención de los mismos sea superior a TRESCIENTOS EUROS (300 €). Dicha base de retención es el resultado de incrementar en un 20 por ciento el coste de adquisición de los Premios para JUST EAT.

En ese caso, JUST EAT quedará obligada a practicar un ingreso a cuenta del IRPF o del Impuesto sobre Sociedades, según proceda, lo que hará en nombre del participante al tipo legal vigente en el momento de realizarlo.

Asimismo, queremos informarle de que, en el caso de practicar ingreso a cuenta del IRPF, podría cambiar el tramo impositivo del IRPF del participante, ya que la base imponible aumentaría en la cantidad equivalente al valor de los Premios. JUST EAT le enviará el certificado de retenciones correspondiente en ese supuesto. Lo anterior, sin perjuicio de su obligación de realizar la declaración correspondiente en su IRPF.

TÉRMINOS Y CONDICIONES DE USO DEL SITIO WEBY POLÍTICA DE PRIVACIDAD

Son de aplicación al presente Concurso los términos y condiciones del uso del Sitio Web de Just Eat y su política de privacidad. Ambas han sido previamente aceptadas y consentidas por el Restaurante.

Todos los términos y condiciones estándar para el uso del Sitio Web y sus servicios se encuentran accesibles en el siguiente enlace: https://www.just-eat.es/info/terminos-y-condiciones.

Para más información acerca de la política de privacidad de Just Eat, los Restaurantes pueden dirigirse a hhttps://www.just-eat.es/info/politica-de-privacidad.

DISPUTAS

Los mencionados términos y condiciones y cualquier disputa o demanda (incluyendo una disputa o demanda no contractual) que surjan de o en relación con estos términos y condiciones se regirán por las leyes del Reino de España. La normativa aplicable determinará la jurisdicción que deba conocer de las reclamaciones o controversias que pudieran ocasionarse entre Just Eat y el Restaurante.