COVID-19Publicado el 31.03.2021

MEDIDAS ADOPTADASPOR LA RIOJA

LA RIOJA

Medidas Generales

  1. Decreto de la Presidenta 16/2020, de 4 de noviembre. Se determina que la permanencia de grupos de personas en espacios de uso público, tanto cerrados como al aire libre, así como en espacios de uso privado, queda condicionada a que no supere el número máximo de seis personas, salvo que se trate de convivientes. (Link aquí)

  1. Resolución 12/2021, de 17 de marzo. Se establece que La Rioja se regirá por un Plan de medidas según indicadores. Al encontrarse en el nivel de indicación 3 se limita la libre circulación de las personas entre las 23:00 y las 05:00 horas. Se restringe también la entrada y salida de dicha Comunidad Autónoma. (Link aquí).

Medidas dirigidas a PYMES

  1. Se establece el Plan de reactivación económica de la Rioja. (Link aquí).

Medidas dirigidas a Hostelería

  1. Resolución 12/2021, de 17 de marzo. Se establece que La Rioja se regirá por un Plan de medidas según indicadores. Al encontrarse en el nivel de indicación 3, los bares y restaurantes podrán abrir hasta las 23:00 horas no pudiendo admitir clientes a partir de las 22:00 horas, la recogida en el local se permitirá hasta las 23:00 horas y los servicios de entrega de comida a domicilio hasta el horario de licencia del establecimiento. Duración hasta que una norma posterior lo derogue. (Link aquí).